El Salario mínimo: efectos sobre el mercado laboral

Diego Morera

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El salario mínimo es una de esas políticas cuya popularidad parece prácticamente incuestionable. Cuestionarlo suele interpretarse como un ataque a los trabajadores con menores ingresos o una defensa de los intereses empresariales. Al fin y al cabo, ¿quién podría oponerse a que las personas que menos cobran reciban un salario más elevado?

Sin embargo, las buenas intenciones no bastan para evaluar una política económica. Lo verdaderamente importante es comprender cuáles son sus efectos y preguntarnos si realmente consigue aquello que pretende.

Para responder a esa pregunta debemos comenzar por entender cómo se determina el salario en una economía de mercado.

Una empresa no contrata trabajadores porque sí. Lo hace porque espera que su incorporación contribuya a generar ingresos superiores al coste que supone emplearlos. Ese coste no se limita al salario que recibe el trabajador, sino que incluye cotizaciones sociales, seguros, formación, costes administrativos y cualquier otro gasto asociado a la contratación.

Por tanto, una empresa solo contratará a un trabajador cuando estime que este aportará un valor superior al coste total de mantenerlo en plantilla. Si ocurre lo contrario, la contratación genera pérdidas y deja de tener sentido económico.

Llegados a este punto suele surgir una objeción muy habitual: si no existiera un salario mínimo, ¿qué impediría a las empresas reducir los salarios indefinidamente?

La respuesta es que el empresario no fija el salario de manera unilateral. En un mercado competitivo también compite por contratar trabajadores.

Si una empresa paga sistemáticamente por debajo de la productividad que un trabajador aporta, otra empresa tendrá incentivos para ofrecerle mejores condiciones y atraerlo. Del mismo modo, si intenta pagar por encima de esa productividad, terminará incurriendo en pérdidas frente a competidores más eficientes. Como consecuencia de este proceso competitivo, los salarios tienden a aproximarse a la productividad marginal del trabajador.

Esta idea resulta especialmente importante porque permite comprender por qué los salarios no tienden al llamado "salario de subsistencia", como afirmaba la antigua ley de hierro de los salarios. Lo que determina el nivel salarial no es la cantidad mínima necesaria para sobrevivir, sino el valor que el trabajador es capaz de aportar dentro del proceso productivo.

Y esa productividad no depende únicamente del trabajador.

Dos personas con capacidades muy similares pueden generar un valor completamente distinto dependiendo del capital con el que trabajen. Un operario equipado con maquinaria moderna, tecnología avanzada y una organización empresarial eficiente será mucho más productivo que otro que realiza exactamente la misma tarea con herramientas rudimentarias.

Por eso los salarios elevados no aparecen por decreto. Son consecuencia, principalmente, de una elevada acumulación de capital, de mejores procesos productivos y de una mayor capacidad para producir bienes y servicios que la sociedad valora.

También por ese motivo no todos los trabajadores poseen la misma productividad ni todos los sectores presentan la misma capacidad para pagar salarios elevados. Existen trabajadores que se incorporan por primera vez al mercado laboral, personas que todavía están adquiriendo experiencia, inmigrantes que afrontan barreras lingüísticas o sectores cuya productividad es menor que la de otros debido a una menor intensidad de capital.

Cuando el Estado establece un salario mínimo uniforme para todos ellos, está ignorando esa enorme diversidad.

Si ese salario mínimo se sitúa por encima de la productividad marginal de determinados trabajadores, la consecuencia es sencilla: deja de ser rentable contratarlos.

No porque el empresario actúe por maldad ni porque desee pagar menos de lo posible, sino porque contratar a alguien cuyo coste supera el valor que aporta supone asumir pérdidas de forma sistemática. Ninguna empresa puede hacerlo indefinidamente.

Los primeros perjudicados suelen ser precisamente quienes más dificultades tienen para acceder al mercado laboral: jóvenes sin experiencia, trabajadores con baja cualificación, personas que cambian de profesión o inmigrantes recién llegados. Son ellos quienes con mayor frecuencia quedan por debajo del nuevo umbral impuesto por la ley.

Eso no significa que esas personas hayan dejado de ser productivas. Significa únicamente que la ley ha convertido en ilegal un contrato que ambas partes podrían haber aceptado libremente.

Naturalmente, las empresas tratarán de adaptarse.

En algunos casos invertirán en automatización para sustituir tareas que antes realizaban trabajadores poco cualificados. En otros recurrirán a la subcontratación, externalizarán determinadas actividades o buscarán fórmulas contractuales alternativas, como relaciones mercantiles con trabajadores autónomos, para reducir el coste laboral asociado a una contratación tradicional.

Estas respuestas no nacen necesariamente de una voluntad de perjudicar al trabajador. Son, en gran medida, la consecuencia de intentar adaptarse a un marco jurídico que impide celebrar determinados contratos laborales.

Llegados a este punto suele aparecer un argumento muy frecuente: "el salario mínimo ha aumentado y, sin embargo, el empleo también ha crecido; por tanto, el salario mínimo no destruye empleo".

Este razonamiento confunde correlación con causalidad.

El nivel de empleo depende simultáneamente de cientos de factores: el crecimiento económico, la inversión empresarial, la política monetaria, la evolución demográfica, el comercio internacional, la confianza de consumidores y empresarios o la aparición de nuevas tecnologías, entre muchos otros.

Imaginemos, por ejemplo, que una economía experimenta una fuerte expansión que, por sí sola, habría permitido crear cien mil nuevos empleos. Si, al mismo tiempo, una subida del salario mínimo impide la contratación de veinte mil trabajadores cuya productividad no alcanza el nuevo coste laboral, el resultado final seguirá siendo positivo: se crearán ochenta mil empleos.

Observar que el empleo ha aumentado no demostraría que el salario mínimo haya favorecido esa creación de empleo. Únicamente indicaría que otros factores positivos han tenido un efecto superior al impacto negativo provocado sobre aquellos trabajadores cuya productividad quedó por debajo del nuevo umbral salarial.

Por eso, utilizar únicamente la evolución agregada del empleo para evaluar esta política resulta metodológicamente insuficiente. Lo verdaderamente relevante es preguntarse qué habría ocurrido en ausencia de esa medida y, sobre todo, quiénes son los trabajadores que dejan de ser contratados precisamente porque la ley les impide ofrecer su trabajo por un salario acorde con su productividad inicial.

Existen, por supuesto, situaciones particulares que merecen un análisis específico. Mercados con escasa competencia entre empleadores, determinadas circunstancias institucionales o sectores muy concretos pueden alterar parcialmente algunos de estos mecanismos. Pero esas excepciones no modifican el principio general: si el coste mínimo legal de contratar a un trabajador supera el valor que este aporta a la producción, ese contrato tenderá a no celebrarse.

El salario mínimo parte de una intención comprensible: mejorar la situación de quienes menos ingresos obtienen. La cuestión es si elevar por ley el precio mínimo del trabajo consigue realmente ese objetivo o si, por el contrario, termina excluyendo precisamente del mercado laboral a aquellos trabajadores cuya productividad todavía no alcanza ese nuevo umbral.

Porque una ley puede fijar un salario mínimo. Lo que no puede fijar es la productividad de quienes deben percibirlo.